Corte IDH ordenó proteger al obispo Juan Abelardo Mata y a cuatro allegados en Nicaragua

La Corte Interamericana de Derechos Humanos otorgó medidas provisionales a favor del obispo Juan Abelardo Mata Guevara y cuatro allegados. (Imagen Ilustrativa Infobae)

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) otorgó medidas provisionales a favor de monseñor Juan Abelardo Mata Guevara, obispo emérito de Estelí, y de cuatro personas de su círculo cercano, ante el riesgo para sus derechos a la vida, la integridad personal, la salud y la libertad personal en Nicaragua.

La resolución, fechada el 27 de agosto de 2026, solicita a la dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo adoptar de inmediato las acciones necesarias para proteger al religioso y a Celia del Carmen Huete Reyes, Celia Leonor Huete Reyes, Álvaro José Huete Reyes y Celiana Paola Talavera Huete.

La decisión ordena informar a la Corte si el obispo se encuentra bajo algún régimen de privación o restricción de su libertad. Si ese fuera el caso, el tribunal dispuso que debe proceder a su liberación inmediata.

La Corte IDH también ordenó que, si Mata Guevara permanece privado de libertad, las autoridades nicaragüenses informen a sus familiares y abogados de confianza el lugar donde se encuentra, las razones y las condiciones de su detención.

La resolución dispuso la liberación inmediata del religioso en caso de encontrarse bajo un régimen de privación de libertad. (Cortesía: Semana Santa en la Ciudad de León)

Además, Nicaragua deberá facilitar el contacto inmediato con sus familiares, garantizar una comunicación adecuada con su defensa y asegurar el acceso a atención médica física y mental, medicamentos y alimentación. La resolución precisa que estos requerimientos no pueden utilizarse para postergar una eventual liberación.

El tribunal indicó que no dispone de información actualizada y verificable sobre la situación jurídica del religioso, los eventuales procesos judiciales en su contra ni sus posibilidades reales de ejercer la libertad personal. La falta de precisiones se mantuvo pese a las medidas cautelares que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos había dictado a su favor en 2021.

Según la resolución, monseñor Mata Guevara es un adulto mayor, padece enfermedades crónicas y tiene un marcapasos, por lo que requiere atención médica periódica. La Corte consideró que su estado de vulnerabilidad se profundiza por la incertidumbre acerca de su situación.

Corte vinculó el caso con un patrón de hostigamiento contra referentes religiosos

El tribunal sostuvo que existen elementos para asociar la situación del obispo y de sus allegados con los hechos que motivaron las medidas provisionales en favor de Juan Sebastián Chamorro y otras personas desde 2021.

La Corte recogió información sobre amenazas, intimidaciones, vigilancia, hostigamiento y hechos de violencia contra Mata Guevara. También tomó en cuenta que habría sido detenido sin las garantías judiciales correspondientes y que, durante un período, se desconoció su paradero.

La Corte IDH vinculó la situación del sacerdote con un patrón de vigilancia, intimidaciones y hostigamiento contra referentes religiosos por parte del régimen nicaragüense. (Oscar Navarrete/ LA PRENSA)

Entre el 27 de julio y los primeros días de agosto de 2026 no existió información pública verificable sobre la ubicación ni el estado de salud del religioso. El 12 de agosto se difundieron fotografías y un video de una entrevista concedida desde su residencia. Sin embargo, el tribunal señaló que no tenía datos sobre la fecha ni las condiciones en que se realizó ese material.

Los representantes de Mata Guevara indicaron que su residencia se encontraba vigilada por agentes policiales. También afirmaron que familiares y personas cercanas habían sufrido presiones, vigilancia, intimidaciones y represalias.

La Corte concluyó que los riesgos alcanzan a Celia del Carmen Huete Reyes, Celia Leonor Huete Reyes, Álvaro José Huete Reyes y Celiana Paola Talavera Huete. Por eso, requirió que el Estado se abstenga de ordenar su detención o cualquier otra restricción a su libertad.

Nicaragua fue declarada en desacato permanente por medidas previas

La resolución sitúa el caso en un contexto de denuncias sobre persecución y criminalización contra voces consideradas críticas al régimen de Nicaragua, incluidos integrantes de la Iglesia Católica. Para la Corte, los hechos analizados pueden transmitir un mensaje intimidatorio dirigido a disuadir expresiones religiosas u otras manifestaciones que sean percibidas como opositoras.

También señaló que Nicaragua no responde a sus requerimientos desde el 11 de abril de 2022 y que fue declarada en desacato permanente.

La Corte IDH ordenó, además, que los abogados de confianza de los cinco beneficiarios puedan acceder a cualquier expediente judicial abierto en su contra y al sistema de información judicial en línea.