
La Corte de Constitucionalidad suspendió de forma provisional el nombramiento de Jonathan Menkos al frente del Banco de Guatemala y de la Junta Monetaria, dispuesto por el presidente Bernardo Arévalo, y dejó sin efecto las actuaciones que el funcionario realizó desde su toma de posesión el 1 de octubre. La medida responde a acciones que cuestionaron su continuidad como diputado mientras ejercía la Presidencia del banco central.
La decisión judicial llegó después de que la Embajada de Estados Unidos manifestara que no guardaría silencio ante intentos de “politizar el Banco de Guatemala, socavar su independencia o poner en riesgo la estabilidad económica del país”. La representación diplomática también respaldó la autonomía de la Corte de Constitucionalidad para resolver sin presiones externas ni represalias.
El amparo fue promovido por el Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras, conocido como Cacif, y posteriormente se sumó una segunda acción del diputado Allan Rodríguez, jefe de la bancada Vamos. Ambos recursos objetaron que Menkos conservara su condición de legislador mientras asumía la máxima autoridad del Banco de Guatemala.
Los accionantes sostuvieron que esa situación contraviene el artículo 112 de la Constitución y los artículos 18 y 31 de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala. La controversia se concentró en la compatibilidad entre la curul de Menkos y sus nuevas funciones dentro de la institución responsable de la política monetaria del país.
El Banco de Guatemala es una institución vital para la estabilidad económica del país. Estados Unidos también respeta la autoridad de la Corte de Constitucionalidad para tomar decisiones de manera independiente, libre de presiones externas o represalias, y su papel fundamental en…
— US Embassy Guatemala (@usembassyguate) October 8, 2026
Las restricciones para futuras designaciones en el banco central
Los magistrados ordenaron a Arévalo comprobar, antes de cualquier futura designación, que la persona propuesta reúna los requisitos legales y las calidades exigidas para el puesto. También deberá verificar que el candidato no esté alcanzado por prohibiciones o incompatibilidades para ejercer el cargo.
La Corte de Constitucionalidad conminó al mandatario a “abstenerse de nombrar personas que incumplen con lo dispuesto en los artículos 14 y 28 de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala”. El tribunal dispuso además que las designaciones respeten las normas constitucionales vinculadas con la función pública.
La resolución fue adoptada luego de una sesión convocada para el 8 de octubre a las 10:30 horas por la presidenta del tribunal, Gladys Annabella Morfín Mansilla. El expediente del amparo presentado por el sector empresarial fue identificado con el número 9292-2026.
El Cacif había reclamado públicamente una demora en el trámite y recordó que el artículo 138 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad establece un plazo de ocho días para que el tribunal se pronuncie sobre una suspensión provisional desde la presentación del recurso.
La organización empresarial promovió su acción el 1 de octubre y pidió que se suspendieran los efectos de la juramentación de Menkos. También solicitó que el vicepresidente del Banco de Guatemala, José Alfredo Blanco Valdés, asumiera de manera interina la dirección de la entidad hasta que se resolviera el fondo del litigio.
El planteamiento del Cacif se apoyó en el permiso que el Congreso concedió a Menkos en enero de 2024 para dejar temporalmente sus funciones legislativas y asumir como ministro de Finanzas Públicas. Para el gremio, aquella autorización no eliminó su calidad de diputado ni su curul, sino que suspendió el ejercicio de sus atribuciones parlamentarias.
“Un permiso para ejercer un cargo ejecutivo no extingue la calidad de diputado ni la curul; únicamente suspende temporalmente su ejercicio. Por ello, esta calidad es un impedimento legal”, sostuvo el Cacif. El cuestionamiento se trasladó luego a su nombramiento como presidente del banco central.
Arévalo remitió a la Corte un informe circunstanciado dentro del plazo de 48 horas otorgado por el tribunal. El Presidente defendió que Menkos no ejerce una doble función pública remunerada y sostuvo que el artículo 160 de la Constitución permite a los diputados desempeñar cargos en entidades autónomas o descentralizadas si cuentan con autorización del Congreso.
Con esos argumentos, el mandatario pidió que se rechazaran de manera definitiva los amparos presentados contra la designación. La suspensión provisional, sin embargo, paralizó los efectos del nombramiento mientras continúa el análisis judicial de los recursos.

El recambio de cinco gerencias bajo revisión judicial
La disputa por la Presidencia del banco central coincidió con cambios dentro de su estructura técnica. La Junta Monetaria aprobó el 7 de octubre el relevo de cinco gerencias: General, Financiera, Económica, Administrativa y Jurídica.
La medida constituyó la primera renovación completa del cuerpo gerencial de la institución. El Cacif advirtió que el reemplazo simultáneo de esas áreas “puede debilitar la continuidad técnica que ha distinguido a la banca central guatemalteca”.
La Embajada de Estados Unidos difundió su pronunciamiento en la red social X mientras crecía la expectativa por la decisión de la Corte. “El Banco de Guatemala es una institución vital para la estabilidad económica del país”, afirmó la sede diplomática al expresar su respaldo a la independencia del tribunal constitucional.
