Le bajaron la pena de 19 a 17 años al personal trainer que intentó matar a su ex en Saavedra: el llamativo argumento

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional redujo de 19 a 17 años de prisión la condena contra Julián Alberto Reina, el personal trainer que en julio de 2023 intentó matar a su ex, Dana Pontoriero, en el barrio porteño de Saavedra.

La Sala I hizo lugar parcialmente al recurso presentado por la defensa y eliminó uno de los agravantes por los que Reina había sido condenado: el de haber cometido el hecho contra una persona con la que mantuvo una relación de pareja.

Sin embargo, los jueces mantuvieron la condena por tentativa de homicidio agravado por alevosía, por haber mediado violencia de género y por el uso de un arma de fuego, en concurso real con la portación ilegítima de un arma de uso civil. A partir de esa nueva calificación, fijaron la pena en 17 años de prisión.

La resolución de 22 páginas a la que accedió Infobae fue firmada el 18 de septiembre pasado por los jueces Gustavo Bruzzone, Mauro Divito y Jorge Luis Rimondi.

Julián Alberto Reina fue condenado a 19 años de prisión en junio de 2025

Reina había sido condenado el 4 de junio de 2025 por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°30. La defensa recurrió aquella sentencia y cuestionó, entre otros puntos, que estuviera acreditada la intención homicida, así como la aplicación de los agravantes de alevosía, relación de pareja y violencia de género. También objetó la pena impuesta.

La querella de Pontoriero, representada por el Servicio de Patrocinio Jurídico Gratuito para Víctimas de Delitos del Gobierno porteño, pidió que se rechazara el recurso y se confirmara la sentencia.

Casación desestimó la mayoría de los planteos de la defensa. El punto en el que le dio la razón fue el referido a la relación que habían mantenido Reina y Pontoriero.

Los momentos previos al ataque

Por qué le redujeron la pena

Según reconstruyó la Justicia, ambos habían iniciado una relación durante 2022. Dana vivía en Esquel, Chubut, mientras que Reina residía en la Ciudad de Buenos Aires, por lo que mantenían un noviazgo a distancia y viajaban para encontrarse.

De acuerdo con el fallo, con el transcurso de la relación el personal trainer comenzó a controlar las publicaciones de Dana en redes sociales y sus vínculos personales. La pareja terminó en mayo de 2023 y Reina “no aceptó esa decisión”: comenzó a reclamarle insistentemente explicaciones, a vigilar sus movimientos y a interesarse por la nueva relación que ella había iniciado.

El tribunal que realizó el juicio consideró que el vínculo reunía las condiciones para aplicar el agravante previsto para quien mata —o intenta matar— a una persona con la que mantiene o mantuvo una relación de pareja, haya existido o no convivencia.

Casación adoptó otro criterio.

Para Casación el vínculo entre Dana y su agresor no alcanzó “el grado de estabilidad y consolidación que justifica la agravación de la figura”

Bruzzone sostuvo que Reina y Pontoriero habían mantenido “una relación afectiva a distancia”, desarrollada entre 2022 y 2023, mientras residían en ciudades distintas y se veían cuando alguno de los dos viajaba.

Aunque compartieron encuentros, vacaciones y momentos de intimidad, para el camarista esas circunstancias no alcanzaban para considerar configurada una relación de pareja en los términos exigidos por el artículo 80 inciso 1° del Código Penal.

“No se advierte que el vínculo hubiera alcanzado el grado de estabilidad y consolidación que justifica la agravación de la figura”, señaló.

Y agregó que no había existido convivencia “ni una relación con la permanencia suficiente para equipararla al concepto de pareja que inspira la tutela reforzada prevista por el legislador”. Por ese motivo, propuso eliminar el agravante. Rimondi adhirió a su voto.

La decisión obligó a determinar nuevamente el monto de la pena.

Entre los atenuantes, la Justicia valoró que Reina no tenía antecedentes penales, contaba con sostén familiar y desarrollaba actividades durante su detención. Su arrepentimiento y el pedido de perdón a Dana, en cambio, no fueron considerados atenuantes porque el tribunal entendió que no habían sido “auténticos” ni “sinceros”.

Como agravante se tuvo en cuenta que accionó el gatillo del revólver al menos 13 veces con la intención de matar a Pontoriero, incluso cuando ya intervenían los policías. También se ponderaron la edad de la víctima, que tenía una hija pequeña a la que Reina conocía, y el estado de shock en el que quedó tras el ataque.

Antes de resolver, Casación mantuvo una audiencia virtual con Reina el 31 de agosto. Allí, el condenado contó que cursa las carreras de Trabajo Social y Sociología en prisión y que comenzó a dar clases de gimnasia funcional. Al hablar de sus planes para cuando recupere la libertad, dijo que pretendía continuar trabajando como personal trainer y que también le gustaría hacer algo relacionado con sus estudios.

Tras reseñar esa audiencia, Bruzzone sostuvo que Reina le había causado “una buena impresión” y consideró adecuada la imposición de una pena de 17 años de prisión.

Casación redujo la pena de 19 a 17 años

“Me shockeó, no era lo que esperaba”

Tras conocer la decisión, Dana Pontoriero habló con La Redacción y cuestionó el criterio utilizado para eliminar el agravante.

“Me shockeó, no era lo que esperaba, aunque entiendo que era una posibilidad, me habían advertido”, dijo. Y agregó: “Me resulta paradójico, todo lo que a mí me sucedió fue precisamente porque fui quien dio por finalizada la relación, pero para ellos parece que no daba con una serie de requisitos o condiciones para ser un agravante más”.

La mujer también manifestó su preocupación ante la posibilidad de que la condena vuelva a reducirse: “Necesito estar tranquila, el juicio terminó, la condena está, pero ¿si sigue bajando?”, planteó al mismo medio.

El planteo de Dana contrasta con otro aspecto de la propia resolución: Casación sí consideró acreditado que el ataque ocurrió en un contexto de violencia de género.

Al analizar ese agravante, el tribunal sostuvo que las pruebas daban cuenta de “insistentes conductas de control y persecución” desplegadas por Reina luego de la ruptura. La Cámara entendió que el contexto previo de hostigamiento surgía de la declaración de Dana, los mensajes incorporados al juicio y el resto de las pruebas, y por eso rechazó el intento de la defensa de eliminar también el agravante por violencia de género.

El ataque en Saavedra

El hecho ocurrió el 6 de julio de 2023, cerca de las 11.30, cuando Dana regresaba caminando del gimnasio por la calle Superí.

Según la reconstrucción que volvió a validar Casación, Reina se aproximó por detrás mientras ella llevaba auriculares y ocultó dentro de un casco el revólver calibre .32 que había conseguido días antes.

Cuando estuvo a pocos pasos, sacó el arma y apuntó a la parte posterior de la cabeza de Dana. Gatilló, pero el disparo no salió. Ella escuchó el ruido, se dio vuelta y Reina continuó intentando dispararle.

Las cámaras de seguridad permitieron reconstruir con mayor precisión la secuencia: el acusado accionó tres veces el gatillo a centímetros de la parte posterior de su cabeza y, cuando ella se dio vuelta, volvió a hacerlo otras siete veces. Esos diez intentos se produjeron en aproximadamente ocho segundos.

Dana comenzó a correr. En ese momento, casualmente circulaba por el lugar un patrullero. Durante la persecución, Reina logró efectuar dos disparos que no impactaron contra la víctima y siguió accionando el arma mientras la perseguía alrededor del móvil policial.

En 2023, Rodriguez Larreta recibióa Dana Pontoriero y distinguió a los policías metropolitanos que salvaron su vida (Foto/@horaciorlarreta)

Uno de los efectivos descendió y disparó contra el atacante hasta herirlo y poner fin a la agresión.

La pericia balística respaldó la reconstrucción: en el revólver fueron encontradas dos vainas servidas y cuatro cartuchos percutidos. Los especialistas detectaron dos percusiones correspondientes a los disparos que efectivamente se produjeron y otras once compatibles con los intentos fallidos. Aunque presentaba un funcionamiento anormal, se determinó que el arma era apta para disparar.

Casación concluyó que las filmaciones, los testimonios de los policías, la declaración de Dana y la pericia balística conformaban un conjunto probatorio sólido y ratificó que la tentativa de homicidio estaba acreditada más allá de toda duda razonable.

En su entrevista con La Redacción, Dana también habló de lo que significó sobrevivir al ataque y reclamó que la reducción de la pena no desdibuje la gravedad del hecho.

“Yo sobreviví, sí, pero no quiero que se pierda de vista que este hombre tenía un plan, que tuvo ayuda de sus allegados, me siguió, me persiguió, me gatilló”, sostuvo.