
La Unión Industrial Argentina (UIA) cuestionó el fallo del Tribunal Oral en lo Criminal N.º 2 de San Nicolás, que absolvió a los acusados por los bloqueos contra Rey Distribución en San Pedro. La sentencia reconoció que las medidas impidieron el funcionamiento normal de la empresa, pero las consideró amparadas por el derecho de huelga.
La entidad advirtió que esa interpretación afecta la seguridad jurídica necesaria para sostener empresas, promover inversiones, generar empleo formal y favorecer el desarrollo económico. También señaló que los avances legislativos recientes en materia laboral buscaron fijar reglas para proteger los derechos de trabajadores y empleadores.
“Desde la UIA reafirmamos nuestro absoluto respeto por los derechos constitucionales de los trabajadores, la libertad sindical y el legítimo ejercicio del derecho de huelga. Sin embargo, ningún derecho puede ejercerse mediante la vulneración de los derechos de otros. El derecho a reclamar no puede confundirse con la decisión unilateral de impedir que una empresa opere y que sus trabajadores ingresen libremente a sus puestos de trabajo”, destacó la entidad fabril.

“La Argentina necesita construir un marco de convivencia laboral basado en el diálogo, el respeto mutuo y el cumplimiento de la ley. En ese sentido, los avances legislativos recientes en materia laboral han buscado establecer reglas más claras para garantizar tanto los derechos de los trabajadores como los de los empleadores”, destacaron desde la entidad que preside Martín Rappallini.
“La seguridad jurídica es una condición indispensable para sostener las empresas existentes, promover nuevas inversiones, generar empleo formal y garantizar el desarrollo económico del país. En este sentido, la Justicia tiene la responsabilidad fundamental de garantizar que la ley se cumpla y los derechos de todos los ciudadanos sean respetados por igual. Es indispensable que las instancias judiciales correspondientes revisen los alcances de esta sentencia, con pleno respeto por los procedimientos legales y las garantías de todas las partes”, cerró el comunicado.
El caso
El Tribunal Oral Criminal N.º 2 de San Nicolás absolvió este miércoles al dirigente de Camioneros Maximiliano Cabaleyro de las acusaciones de extorsión y turbación de la posesión por el conflicto en Distribuidora Rey. El juez Alejandro López consideró que el impedimento de acceso a la pyme de San Pedro fue una protesta sindical legítima y ordenó su liberación inmediata.

La decisión alcanzó también a otros seis imputados por las medidas contra la empresa de la familia Rey. Cabaleyro cumplía prisión domiciliaria desde su detención en abril de 2022, junto con el representante sindical Fernando Espíndola.
López, único integrante del tribunal, entendió que el titular local del Sindicato de Camioneros impidió el ingreso a la compañía durante 5 días como parte de una protesta sindical, por lo que no calificó el hecho como un bloqueo. La acusación había presentado fotos, filmaciones y testimonios sobre las características de la medida.
La fiscalía había solicitado una pena de 10 años de prisión efectiva para Cabaleyro, la inhabilitación para ejercer cargos públicos durante el mismo período y la revocación de su arresto domiciliario. Los abogados de la familia Rey habían pedido elevar la pena a 15 años.

La causa se originó por los bloqueos realizados contra Distribuidora Rey para que sus 35 empleados fueran incorporados al convenio de Camioneros y dejaran de estar afiliados al sindicato de Comercio. Según la familia, la empresa había aceptado el reclamo de modificación del encuadramiento laboral.
Ariel Rey, uno de los dueños de la pyme, relató a Infobae que el conflicto se agravó cuando el sindicato impuso la designación de un delegado que, según afirmó, no cumplía con sus obligaciones laborales y fue sancionado. A partir de entonces, la familia decidió dejar de pagar una suma mensual que describió como una “contribución” al sindicato.
“En ese momento decidimos dejar de pagarle al sindicato todos los meses para trabajar en paz”, afirmó Rey. El empresario ubicó el primer bloqueo el 15 de enero de 2021.
